Respondiendo dudas

¿Es lo mismo acoger que adoptar?

No. Son dos medidas de protección diferentes. Mientras que el acogimiento familiar tiene como finalidad proporcionarle una familia a aquellos niños o niñas que viven en centros de acogida hasta que se resuelva la situación personal de sus padres biológicos; la adopción busca proporcionarle un hogar y una familia permanente a ese niño o niña. Sin embargo, comparten lo esencial: dar a los niños y niñas la oportunidad de crecer en una familia. En la acogida, colaboras con los servicios de protección para dar amor, seguridad y un hogar donde pueda crecer; mientras que en la adopción pasa a formar parte de la nueva familia con un vínculo legal de filiación.

En absoluto. Solo se requiere tener cierta estabilidad económica para poder proporcionarle a ese niño o niña ropa, alimentos y/o medicinas en caso de que lo necesitase.

No. Solo es necesario que el niño o la niña tenga un espacio adecuado para dormir, pudiendo compartir habitación con otro menor que viva en la casa.

No importa tu estado civil (¡puedes estar incluso soltera o soltero!) ni tu orientación sexual. Lo importante es que ese niño reciba los cuidados suficientes propios de una familia.

Sí, siempre y cuando no se vea alterada la estabilidad económica en el hogar.

Sí. No es un requisito tener más hijos o hijas para poder acoger.

Depende de la comunidad autónoma en la que residas, en algunas aún ponen trabas, pero esta situación está cambiando y cada vez más administraciones permiten el doble ofrecimiento.

No hay una cifra estimada del tiempo de espera. Depende de diversos factores. Hay casos donde apenas pasan unos meses desde que se inicia el proceso de acogimiento y otros, sin embargo, se alargan más.

No hay que olvidar que la finalidad de acoger a un niño o niña es garantizarle un entorno seguro, afectivo y estable, donde pueda desarrollarse plenamente y ejercer sus derechos. A partir de ahí, su acogimiento dependerá de la modalidad elegida, puede durar un máximo de 6 meses, 2 años o hasta que el chico o la chica cumpla los 18. No obstante, cada caso es único y requiere ser valorado como tal.

Se reconoce un permiso retribuido para que, dentro de la jornada laboral, las familias en proceso de acogimiento puedan acudir a una formación, entrevistas o informes necesarios para el proceso de idoneidad.

Sí. Las familias acogedoras tienen derecho a 19 semanas de permiso retribuido al igual que las familias por nacimiento o adopción.

Sí, en el acogimiento permanente la ley no hace distinciones: las familias acogedoras tienen reconocidos los mismos apoyos.

Tienen edades comprendidas entre los cero y los 17 años. Al cumplir la mayoría de edad dejan de estar tutelados por la administración y, por tanto, dejan de estar bajo el sistema de protección a la infancia. Esto no impide que, muchas veces, al finalizar el acogimiento se mantenga el vínculo que se ha creado si los adultos así lo desean.

Sí. La idea del acogimiento es que el niño o la niña esté completamente integrado con el que vaya a ser su entorno durante ese tiempo. Por tanto, podrá acudir al centro educativo que tengas cerca de casa, ya sea escuela infantil, colegio o instituto, según la edad que le corresponda.

En la mayoría de los casos, sí. Estos niños y niñas mantienen este vínculo tan importante a través de visitas en espacios supervisados, como son los puntos de encuentro familiar, llamadas o cartas. Este contacto sólo se limita o interrumpe cuando no favorece al bienestar del niño o niña.

Hay una estigmatización injustificada hacia la infancia tutelada (“si están en centros es porque algo habrán hecho”). Sin embargo, estos niños y niñas simplemente están ahí porque, previamente, han vivido situaciones difíciles (negligencia, abandono, violencia, falta de cuidados…) que les han llevado a un centro. Por eso, necesitan una familia que les dé estabilidad, afecto, rutinas y acompañamiento para poder sanar esas heridas. Si están en un centro (que nada tiene que ver con un centro de internamiento) es porque no hay familias de acogida suficientes.

El objetivo siempre es garantizar su interés superior, dándole estabilidad y evitando que pase de unos brazos a otros. Por eso, algunas CCAA en el momento de decidir la adopción, han cambiado su hacer y permiten a las familias acogedoras adoptar si el vínculo ya creado es adecuado. Desde ASEAF estamos trabajando para que en la normativa de las CCAA se garantice la estabilidad de los vínculos.

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